La tecnología automotriz en iluminación ha ido incorporando nuevas alternativas. Así, de las luces halógenas pasamos a la iluminación HID o Xenón y ahora nos invade la fiebre de las luces LED (Light-Emitting Diod), que vienen a relevar a las luces tradicionales, prometiendo tener una vida útil mucho más larga, con mejor calidad de iluminación y menor consumo de energía.
El funcionamiento de estas luces se basa en el traspaso de energía entre unos pequeños diodos que son capaces de liberar gran cantidad de luz de forma muy eficiente, lo que, sumado al pequeño tamaño de estos dispositivos, ha significado el éxito de estas luces en todo el mercado de la iluminación.
La normativa establece un color determinado para este tipo de luces y prohíbe el uso de aquellas que deslumbren a los demás automovilistas.
De este modo, según el artículo 25 del Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales de 2012, estos faros deben emitir una luz blanca, la luz baja deberá ser proyectada para ver a una distancia de 30 metros y ninguno de los rayos del haz luminoso deberá incidir en los ojos de algún conductor que se acerque en sentido opuesto.
Asimismo, otras normativas, como los reglamentos de tránsito de Edoméx y CDMX, son enfáticas al momento de prohibir cualquier luz que deslumbre a los demás automovilistas.
De esta manera, el uso de luces LED en reemplazo de otras luces no es ilegal, salvo que la instalación sea deficiente y no cumpla con el requerimiento de la calidad de la luz y con el enfoque adecuado.
Punto aparte son los accesorios adicionales a la iluminación propia de un auto, como barras, faros y luces añadidas a los vehículos, los que en condiciones de offroad pueden ser muy útiles y brindar mayor seguridad al conducir, pero en calles y carreteras son ilegales, ya que la intensidad de la luz que proyectan produce deslumbramiento en los demás automovilistas, generando condiciones de inseguridad en la ruta.
Según el artículo 43 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, la multa por instalar faros deslumbrantes oscila entre las 10 a 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que según el valor para el 2024 de esta unidad, se traduce en un monto que puede variar entre los $1,085.7 y los $2,171.4.