El Acuerdo Secretarial, que fija las características y especificaciones que deben tener las placas metálicas en México, establece en su artículo séptimo que las placas tendrán una vigencia de 5 años, contados a partir de que las entidades federativas, el Distrito Federal o la Secretaría hayan realizado sus canjes totales de placas.
El objetivo del replaqueo o reemplacamiento es contribuir a la estrategia nacional de seguridad pública a través de la actualización y el control de los padrones vehiculares.
Esta medida se ampara en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SCT-2-2016, que busca tener información confiable que ayude a mejorar la vigilancia e identificación de las placas metálicas y calcomanías que se utilicen en vehículos involucrados en delitos como robos, secuestros, narcotráfico y accidentes que provoquen pérdida de vidas humanas.
El organismo encargado de autorizar el diseño de las matrículas es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de México, a través de la Dirección General de Autotransporte Federal.
En tanto, para cumplir con la norma mexicana, las placas, calcomanías de identificación vehicular, licencia federal de conductor y calcomanía de verificación físico-mecánica, deben ser fabricadas dentro del territorio nacional.
Aunque cada estado puede determinar un listado de requisitos, en general estos son los documentos que debes presentar para realizar el trámite del replaqueo, reemplacamiento o canje de placas:
A continuación, te presentamos un listado con algunos estados de México y los costos asociados al trámite del replaqueo de automóviles. En algunas entidades federativas el reemplacamiento o canje de placas no es un trámite obligatorio, pero sí lo debes realizar en caso de robo o extravío:
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