La Ciudad de México es un Estado muy transitado, y de la mano con ello, está la necesidad de regular el tránsito para garantizar la seguridad de los ciudadanos. De esta manera, las multas de tránsito son una forma de disuadir a los conductores, ciclistas y peatones de cometer infracciones.
En la CDMX, las multas de tránsito se rigen por el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, que establece las infracciones, así como las multas y sanciones que se aplican por cada una de ellas.
En tanto, la aplicación y administración de todos los trámites relacionados con las multas de tránsito en la Ciudad de México, está a cargo de la Secretaría de Seguridad Ciudadana.
Estacionarse en lugares prohibidos, conducir en estado de ebriedad o utilizar celulares y otros dispositivos mientras se maneja un auto, son solo algunas de las faltas más comunes que cometen los automovilistas en la capital.
En este artículo, podrás conocer más detalles sobre las infracciones de tránsito más frecuentes en la Ciudad de México y, más adelante, abordaremos distintas formas de consultar si tienes multas de tránsito y cómo hacer el pago de estos adeudos.
De acuerdo con el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, si eres sorprendido cometiendo alguna infracción de tránsito, arriesgas las siguientes consecuencias:
A continuación, revisa este listado con una breve descripción de las principales infracciones de tránsito en la CDMX.
La verificación vehicular es uno de los trámites obligatorios en muchos estados de México y forma parte de los programas ambientales que las entidades federativas tienen para disminuir la carga de gases contaminantes en la Ciudad de México y sus diferentes municipios.
El trámite consta de una revisión, generalmente semestral, que se hace siguiendo un calendario publicado por la Secretaría de Medio Ambiente. Si no cumples con la verificación de tu auto, esto se considera una falta al reglamento de tránsito e implica una multa de 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, unos $2,171.4, según los valores vigentes en 2024.
Otra de las estrategias de la autoridad para reducir el impacto ambiental de la movilidad vehicular en la capital es el programa Hoy no Circula, un sistema de restricción vehicular basado en un calendario rotativo que indica cuáles son los autos que pueden circular y cuáles no.
Si no respetas la restricción del Hoy no Circula, te arriesgas a multas que van de los 20 a los 30 UMA, es decir, entre $2,171.4 y $3,257.1. Las excepciones a esta regla son:
Este es uno de los documentos obligatorios para transitar en un vehículo por la Ciudad de México y en todo el territorio nacional. Si conduces sin portar o sin haber tramiteado la tarjeta de circulación, estarás cometiendo una infracción de tránsito.
Esta falta a la normativa de tránsito implica una multa de entre 20 y 30 UMA, es decir, entre $2,171.4 y $3,257.1, según los valores vigentes para 2024, además de la remisión del vehículo al corralón.
La licencia de conducir también es un documento obligatorio que te autoriza para conducir en México y que debes portar siempre que te pongas frente al volante. Su importancia radica en que certifica tus conocimientos y habilidades para conducir un vehículo, y demuestra que pueded hacerlo sin ser un riesgo para el resto de los usuarios de la vía pública.
Además, la licencia de conducir funciona como identificación oficial cuando te detienen en un control de la Policía Vial, por eso, al no llevarla contigo mientras manejas te arriesgas a multas de 10, 15 o 20 UMA (entre $2,171.4 y $3,257.1), además de la remisión del vehículo al depósito.
Los límites de velocidad zonales se encuentran señalizados a lo largo de las diferentes vías y, a pesar de esto, exceder los límites de velocidad es una de las faltas más comunes, tanto en esta como en otras entidades federativas. Puedes encontrar estas señales frente a escuelas, cruces peatonales, vías de acceso, carriles laterales, entre otros lugares.
Sin embargo, muchos conductores no ponen suficiente atención a este aspecto y sobrepasan estos límites máximos, sin saber los peligros que involucra este accionar temerario. Considera que estos límites de velocidad no son antojadizos, son calculados y establecidos tomando en cuenta diferentes variables que influyen en la seguridad de todos los usuarios en los diferentes sectores de la vía pública.
Así, el valor de la multa por exceso de velocidad en CDMX es de entre 10 y 20 UMA, que corresponde a entre $1,085.7 y $2,171.4.
En la CDMX, desde 2019, el seguro automotriz es una de las exigencias para todos los vehículos automotores y busca cubrir los costos derivados de los accidentes de tránsito, con el fin de que la capacidad de gasto no sea una condición para atender la lesiones y reparaciones que se produzcan como consecuencia de estos siniestros.
Las coberturas mínimas exigidas por la reglamentación de tránsito vigente en la CDMX sin las siguientes:
Si conduces tu auto sin tener seguro automotriz, te arriesgas a multas que van desde las 20 a los 40 UMA, es decir, entre $2,171.4 y $4,342.8.
A continuación, te compartimos un listado con las infracciones más frecuentes y las sanciones asociadas a cada una. Considera que, para el 2024, el valor de la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México es de $108,57, según la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI.:
Infracción | Multa en Unidad de Medida y Actualización (UMA) | Remisión del vehículo al depósito | Puntos de penalización en la licencia para conducir |
---|---|---|---|
Utilizar la bocina (claxon) para un fin diferente al de evitar un hecho de tránsito. | 5 a 10 | No | 1 punto |
Estacionar en sentido contrario a la circulación. | 5 a 10 | No | 1 punto |
Circular en reversa más de treinta metros, salvo que no sea posible circular hacia delante. | 5 a 10 | No | 1 punto |
Sujetarse a otros vehículos en movimiento en caso de motociclistas. | 5 a 10 | No | 1 punto |
No contar con el kit de emergencia. | 5 a 10 | No | No aplica |
No parar ni ceder el paso a escolares. | 10 a 20 | No | 3 puntos |
No dar prioridad a los vehículos de emergencia que circulen con las señales luminosas y audibles encendidas. | 10 a 20 | No | 3 puntos |
Circular en contra del tránsito. | 10 a 20 | No | 3 puntos |
Circular a exceso de velocidad. | 10 a 20 | No | De 3 a 6 puntos |
Invadir el cruce peatonal o el área de espera para bicicletas o motocicletas. | 10 a 20 | No | 3 puntos |
Remolcar o empujar otros vehículos motorizados si no es por medio de una grúa. | 10 a 20 | No | 3 puntos |
Estacionar sobre vías peatonales, especialmente banquetas y cruces peatonales, así como vías ciclistas exclusivas. | 10 a 20 | No | 3 puntos |
Llevar vidrios polarizados, obscurecidos o con aditamentos u objetos distintos a las calcomanías reglamentarias, en el caso de conductores de vehículos de transporte público, de personal y escolar. | 10 a 20 | No | 3 puntos |
Sostener, cargar o colocar personas o animales entre sus brazos y piernas. | 10 a 20 | No | 3 puntos |
Conducir sin licencia vigente correspondiente al tipo de vehículo. | 10 a 20 | Sí | No aplica |
Estacionar frente a:a) Establecimientos bancarios; b) Hidrantes para uso de los bomberos; c) Entradas y salidas de vehículos de emergencia; d) Entradas o salidas de estacionamientos públicos y gasolineras; e) Centros escolares y demás centros de concentración masiva que determine la Secretaría; f) Rampas peatonales; g) Rampas de acceso de vehículos, salvo que se trate de las del domicilio del propio conductor, siempre y cuando no se invada la acera o el tránsito de peatones; y h) En entradas y salidas peatonales de instalaciones de hospitales o centros demsalud. | 15 a 20 | - | 3 puntos |
Insultar, denigrar o golpear al personal que desempeña labores de agilización del tránsito | 20 a 30 | No | No aplica |
Detener su vehículo invadiendo los cruces peatonales marcados en el pavimento. | 20 a 30 | No | 3 puntos |
Circular sobre aceras o cualquier otro tipo de vías peatonales. | 20 a 30 | No | 3 puntos |
Dar vuelta en "U" cerca de una curva y donde el señalamiento restrictivo expresamente lo prohíba. | 20 a 30 | No | 3 puntos |
Circular detrás de vehículos de emergencia que transiten con las señales luminosas y audibles encendidas, sin guardar distancia mínima. | 20 a 30 | No | 3 puntos |
Estacionar en los carriles exclusivos, confinados y/o prioritarios de transporte público. | 20 a 30 | No | 6 puntos |
Tener modificaciones al sistema de escape de gases del vehículo con objeto de provocar ruido excesivo. | 20 a 30 | Sí | No aplica |
No contar con las placas de matrícula frontal y posterior. | 20 a 30 | Sí | No aplica |
No contar con la tarjeta de circulación vigente. | 20 a 30 | Sí | No aplica |
No contar con póliza de seguro de responsabilidad civil vigente, que ampare al menos la responsabilidad civil por daños a terceros en su persona y en su patrimonio | 20 a 40 | No | No aplica |
Utilizar teléfono celular o cualquier dispositivo de comunicación mientras el vehículo esté en movimiento. | 30 a 35 | No | 3 puntos |
Circular las vías con carriles exclusivos de transporte público. | 40 a 60 | Sí | 6 puntos |
Arrojar o descargar en la vía, así como ventear innecesariamente cualquier tipo de sustancia tóxica o peligrosa. | 400 a 600 | No | 6 puntos |
Conducir bajo los efectos del alcohol y narcóticos, estupefacientes o psicotrópicos. | Arresto Administrativo inconmutable de 20 a36 horas | No | 6 puntos |
Debes tener presente que, si tu infracción es considerada un delito, serás puesto a disposición del Ministerio Público. Así se indica en el artículo 65 del Reglamento de Tránsito:
"Sin perjuicio de las sanciones que correspondan, los conductores de vehículos que cometan alguna infracción a las normas de este Reglamento que pueda dar lugar a la tipificación de un delito, serán puestos a disposición del Ministerio Público".
Para saber si tienes multas o fotomultas en la Ciudad de México, puedes hacerlo a través del portal de la Secretaría de Movilidad.
Para ingresar, deberás hacerlo con tu cuenta llave CDMX:
También puedes descargar tu Informe Autofact, donde, además de las infracciones en CDMX, podrás revisar si tienes multas en otros estados, como Edomex, Puebla, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León, Sonora, entre otros.
Algunos de los antecedentes que puedes averiguar a través del Informe Autofact son los siguientes:
De acuerdo con lo que establece el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, puedes pagar por las siguientes vías:
1.- En los módulos de infracciones de la Ciudad de México
Módulo | Ubicación |
---|---|
Módulo de Infracciones "Módulo 39" | Calle 3 S/N, Chinampac de Juárez, Iztapalapa, 09208 |
Módulo de Infracciones "Zarco" | Av. Talismán S/N, San Juan de Aragón I Sección, Gustavo A. Madero, 07969 |
Módulo de Infracciones "Coyoacán" | Viaducto Tlalpan No. 3333, Viejo Ejido de Santa Úrsula Coapa, Coyoacán, 04910 |
Módulo de Infracciones "Fray Servando" | Av. Fray Servando Teresa de Mier 142, Centro, Cuauhtémoc, 06080 |
Módulo de Infracciones "Liverpool" | Liverpool 136, Juárez, Cuauhtémoc, 06600, Tel: 55 5242 5100 Ext 4998 |
Módulo de Garantías | Av. Fray Servando Teresa de Mier 142, Centro, Cuauhtémoc, 06080 |
2.- Oficinas de la Administración Tributaria de la Tesorería de la Ciudad de México de la Secretaría de Administración y Finanzas.
3.- En centros autorizados para este fin, incluyendo medios electrónicos de pago.
4.- Puedes ingresar también al portal de atención ciudadana, de la Secretaría de Administración y Finanzas, donde deberás ingresar el número de placa del vehículo que quieres consultar para revisar los adeudos que tiene en este Estado.
Sí, dependiendo del tipo de infracción, el Reglamento de Tránsito establece que puedes acceder a un 50% del valor de la multa, siempre que realices el pago en un plazo de treinta (30) días naturales contados a partir de la fecha de emisión de la boleta de sanción.
Quedan excluidas de este beneficio las infracciones cometidas por vehículos con placas foráneas que se encuentren estacionados en zonas en las que existan sistemas de cobro por estacionamiento en vía pública y no cumplan con las obligaciones respectivas. (Artículo 33, fracción II).
Aparte de acumular recargos por morosidad y de no poder acceder a descuentos, no pagar tus multas de tránsito en la Ciudad de México conlleva las siguientes consecuencias:
De acuerdo con el artículo 60 del Reglamento de Tránsito de la CDMX, las infracciones son impuestas por el agente autorizado para infraccionar y se harán constar a través de boletas seriadas autorizadas por la Secretaría y por Seguridad Ciudadana o recibos emitidos por el equipo electrónico.
Estos documentos deben tener los siguientes antecedentes:
A través de las fotocívicas se establece un sistema de sanciones educativas y cívicas vinculadas al puntaje asignado a las placas de los vehículos.
En la Ciudad de México, cada semestre se otorgan 10 puntos a las placas registradas a nombre de una persona física. Estos puntos se van restando por cada infracción cometida.
Cada vez que un sistema tecnológico registre una infracción, se restará un punto del esquema de penalización asociado a la matrícula del vehículo. Sin embargo, las infracciones descritas en el último párrafo del artículo 9 del Reglamento serán sancionadas con cinco puntos menos si se excede en más de un 40% el límite de velocidad máxima permitida, según los datos capturados por el sistema tecnológico.
En la siguiente tabla, que fue actualizada en agosto de 2023 en el Reglamento de Tránsito, podrás observar las sanciones relacionadas con las fotocívicas:
Puntos restantes en la placa | Sanción |
---|---|
9 | Amonestación |
8 | Curso en línea básico |
7 | Curso en línea intermedio |
6 | Curso en línea avanzado |
5 | Taller de sensibilización presencial |
4 | 2 horas de trabajo en favor de la comunidad |
3 | 2 horas de trabajo en favor de la comunidad |
2 | 2 horas de trabajo en favor de la comunidad |
1 | 2 horas de trabajo en favor de la comunidad |
Sí. Al estar cometiendo una infracción al Reglamento de Tránsito, no importa de qué lugar provengas. Igualmente serás infraccionado.
En el caso de las placas de otra Entidad Federativa, el Reglamento señala lo siguiente:
"Cuando la infracción sea cometida por conductores que manejan un vehículo con placas de matrícula de otra entidad federativa o país, el agente autorizado para infraccionar deberá retirar la placa delantera o retener la licencia de conducir o la tarjeta de circulación, e indicar en la boleta de infracción que se procedió de esa forma. La placa de circulación o documentación retenida le será devuelta al conductor en las oficinas de Seguridad Ciudadana, una vez realizado el pago de la infracción y los adeudos registrados en el sistema de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México".
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