Menú

Cómo impugnar una multa en CDMX

La normativa mexicana permite impugnar una multa de tránsito siempre que se cumpla con ciertos requisitos. Conoce el paso a paso y los documentos necesarios para realizar este trámite.

¿Tengo derecho a impugnar una multa de tránsito?

Sí. Efectivamente, existe una instancia para apelar en caso de ser acreedor de una multa de tránsito cuya expedición se considera injusta, pues de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, se puede interponer el recurso de inconformidad.

Este recurso se puede presentar ante la autoridad competente o impugnar la imposición de las sanciones ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.

Cuando se trata de infracciones de tránsito que sean captadas por los sistemas tecnológicos de la Ciudad de México y que atenten contra la seguridad vial de las personas, se puede interponer el recurso de revisión de forma digital ante la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México, según lo dispuesto en la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México.

Requisitos para impugnar una multa de tránsito

Para realizar este trámite debes presentar los siguientes documentos ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA):

  • Una identificación oficial vigente.
  • La boleta de sanción.
  • El recibo original del pago de la sanción.
  • Un documento que acredite la propiedad del vehículo, que contenga el nombre completo del propietario y las placas del carro, como el alta vehicular, pago de tenencias o la factura endosada a nombre del nuevo dueño.

El tribunal está ubicado en Insurgentes Sur N° 825 Nápoles, Benito Juárez.

¿Cuál es el plazo para presentar los documentos?

Debes presentarte ante el tribunal antes que hayan transcurrido 15 días desde el momento en que se cursó la infracción.

¿Cuál es el procedimiento que se debe seguir para realizar este trámite?

Estos son los pasos que debes seguir para realizar la impugnación, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México.

Si el procedimiento se realiza por la vía electrónica, en un plazo de 5 días hábiles debes presentar el reclamo y las pruebas que consideres pertinentes de manera virtual. 

Luego, pasado ese plazo, el juez emitirá su resolución, misma que hará saber de manera electrónica.
Si optas por un procedimiento ordinario, tendrás un plazo de 10 días hábiles para hacer tus manifestaciones por escrito y presentar las pruebas que consideres adecuadas.

Vencido el plazo, el juez emitirá su resolución, notificándote por correo ordinario. 

¿Tiene algún costo?

Este trámite no tiene costo, a menos que te asesores con un abogado particular y debas pagar por su servicio.

Compartir
Subir