La Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco dispone de varias maneras de sancionar a quienes cometen infracciones, desde multas, hasta arrestos o suspensiones indefinidas de licencias de conducir. Esto depende de cada entidad, por eso pueden variar entre una y otra administración.
Una de las sanciones que se aplica en los 125 municipios que pertenecen al Estado de Jalisco es llevar al carro al depósito vehicular, por medio del uso de grúas, un servicio que, finalmente, debe terminar pagando el propio infractor o propietario de la unidad en cuestión.
Según la Ley y Reglamento de Tránsito de esta entidad, los depósitos vehiculares son espacios de control municipal o concesionado con privados, que son utilizados para guardar el vehículo para que quede como garantía o a disposición de la autoridad competente.
Además, los depósitos municipales se utilizan para el almacenamiento y resguardo de bienes muebles y vehículos accidentados, retenidos o descompuestos, que queden bajo custodia las autoridades municipales, estatales y federales accidentados.
¿Quieres saber cómo recuperar tu carro o moto una vez que cayó a los temidos corralones? Entonces, continúa leyendo, pues aquí te contamos cuáles son las faltas de tránsito que conllevan este tipo de sanción, los requisitos para recuperarlo y la ubicación de los corralones en Jalisco.
A continuación, te dejamos las infracciones que ameritan la sanción del envío a un depósito vehicular:
1. El vehículo que circule sin las dos placas a la vista y en el lugar dispuesto por el fabricante del vehículo, o que alguna de estas se encuentre alteradas o doblada, u ocultas total o parcialmente por cualquier medio, incluyendo aditamentos de cualquier material, micas o etiquetas o calcomanías que obstruyan o distorsionen su vista total o parcialmente.
2. Vehículos que se encuentren en la vía pública sin permiso o autorización según sea su caso; de igual forma, tratándose de transporte público, deberán coincidir los elementos de identificación de las concesiones, permisos y autorizaciones, con los que presente el vehículo en cuestión.
3. El vehículo que porte placas sobrepuestas.
4. Que carezca de los requisitos necesarios para circular establecidos en el Reglamento de la presente ley, o contando con permiso vigente, se use con fines distintos a los estipulados en el mismo.
5. El vehículo que se encuentre estacionado en lugar prohibido, en carreteras, frente a cochera, obstruyendo rampa de personas con discapacidad, estacionamiento exclusivo o abandonado en la vía pública, o en donde el estacionamiento de este provoque entorpecimiento a la circulación o molestias a los peatones, sin encontrarse en dicho lugar el conductor
6. Vehículo que contamine visiblemente o carezca del holograma del programa de verificación vehicular obligatoria, en estos casos se estará a lo dispuesto por el reglamento respectivo.
7. El vehículo de uso particular que porte los colores asignados por la Secretaría para las unidades de transporte público.
8. El vehículo que circule con baja administrativa.
9. Cuando se preste un servicio público sin la concesión, permiso o autorización correspondiente.
10. Cuando el conductor preste otro servicio distinto al autorizado en la concesión, permiso o autorización correspondiente.
11. Cuando el conductor o propietario de la unidad vehicular destinada al servicio de trasporte de pasajeros bajo demanda mediante aplicaciones móviles preste dicho servicio sin contar con la autorización y licencia de identificación, debidamente registrados en el Registro Estatal.
12. Cuando el conductor o propietario de la unidad vehicular destinada al servicio de transporte público en cualquiera de sus modalidades, presente alguna cantidad de alcohol en la sangre o en aire espirado, o síntomas simples de aliento alcohólico o de estar bajo los efectos de narcóticos al momento de conducir dicho vehículo.
13. Cuando el vehículo no porte, o se altere, destruya, imposibilite o inhabilite de cualquier manera, los sistemas de control vehicular, o cualquier otro dispositivo que permita su identificación por radiofrecuencia.
14. Participación en flagrante delito en el que el vehículo sea objeto u instrumento de este.
15. Acatamiento de una orden judicial.
16. Violación, por el conductor, de una medida de seguridad aplicada conforme a los artículos que anteceden.
17. Vehículos abandonados, inservibles, destruidos e inutilizados en las vías y estacionamientos públicos de su jurisdicción.
Si cometiste una infracción que hizo que llevaran tu carro a corralones en Jalisco, acá te dejamos el listado con los requisitos para recuperarlo:
En la siguiente tabla podrás revisar algunos de los depósitos vehiculares autorizados que están en Jalisco con su dirección y teléfono de contacto, en caso de que necesites resolver más dudas sobre el procedimiento:
Depósito Vehicular | Dirección | Teléfono |
---|---|---|
IJAS - Depósito Vehicular 7 | Av. Francisco Javier Mina 1342, Blanco y Cuéllar, 44730 Guadalajara, Jal., México | +52 33 3180 1746 |
Depósito Vehicular No. 8 | C. P.º de las Aves 9, Colinas de Huentitán, 44398 Guadalajara, Jal., México | +52 33 3168 8549 |
Depósito Vehicular Javier Mina | Av. Francisco Javier Mina 1342, Blanco y Cuéllar, 44730 Guadalajara, Jal., México | +52 33 3318 2800 |
Depósito Vehicular del Gobierno del Estado de Jalisco | Batalla de Zacatecas sn, Revolución, 45580 San Pedro Tlaquepaque, Jal., México | / |
IJAS - Depósito Vehicular 1 | Callejón 30A, Coyula, 45410 Tonalá, Jal., México | +52 33 3830 2212 |
Depósito Vehicular Macropatio | Loma Alta Nte. 202, Lomas de San Agustín, 45650 Nicolás R Casillas, Jal., México | / |
Macropatio IJAS Depósito 11, 12 y 13 | C. Lomas del Valle, 45650 Nicolás R Casillas, Jal., México | +52 33 3188 8708 |
Depósito Vehicular Zoológico | C. P.º de las Aves 8, Colinas de Huentitán, 44398 Guadalajara, Jal., México | +52 33 3318 2800 |
Depósito Vehicular Y Almacén Fiscal SAT | C. Puerto Tampico 12, Miramar, 45060 Zapopan, Jal., México | / |
Depósito San Agustín Secretaría de Administración | C. Lomas del Valle, 45650 Nicolás R Casillas, Jal., México | +52 33182800 |
Oficinas Administrativas de los Depósitos de Vehículos del I. J. A. | C. Puerto Guaymas Sn, Miramar, 45060 Zapopan, Jal., México | +52 33 3180 0398 |
Depósito Vehicular 3 | Coyula, 45410 Tonalá, Jal., México | / |
Depósito 6 IJAS | Miramar, 45060 Zapopan, Jal., México | / |
Depósito Vehicular No 2 | C. Abundancia 1487, La Esperanza (La Federacha), 44300 Guadalajara, Jal., México | / |
Corralón Número 6 | Calle, C. Puerto Tampico 549, Miramar, 45060 Jal., México | +52 33 1028 7260 |